domingo, 25 de marzo de 2012

Que parte del NO no entendieron


Leo, ciertamente preocupado, parte de la propuesta gubernamental para la nueva ley del trabajo (http://www.noticierodigital.com/2012/03/notitarde-ley-del-proceso-social-del-trabajo-aumentara-dias-feriados/), a la cual pretenden darle el correspondiente ejecútese, a como dé lugar, el próximo 1° de mayo, Día del Trabajador. Y mi preocupación no se debe tan sólo por la creación de “días de interés especial para la clase trabajadora”, que incluyen el 23 de enero, así como el 4 de febrero, e 18 de marzo, el 27 y 28 de febrero y el 13 de abril. Salvo el 23 de enero (día del golpe contra la dictadura militar de Marcos Pérez Jiménez) y el 18 de marzo  (día de la toma del poder por la clase obrera e instalación de la Comuna de París), todas las fechas previstas están vinculadas al comandante. De hecho, el día 13 de abril se le califica como “día de la Dignidad Popular, insurrección popular contra la dictadura pro-imperialista de Pedro Carmona Estanga, la libertad del Comandante Hugo Chávez Frías y la retoma del poder por el pueblo”.
Ya es bastante grotesca esta apología de fechas en las cuales nada hay qué celebrar, aún desde un punto de vista histórico. Fechas como el 4, 27 y 28 de febrero son desde luego trágicas, por las muertes ocurridas, pero también una chambonada en el caso del golpe de Estado del 4 de febrero de 1992 y una revuelta anárquica para el lamentable caso del Caracazo de 1989. Mucho menos declarar fecha de interés especial para los trabajadores el 13 de abril.  Semejante ridiculez tan sólo es una demostración más de esa adulación obscena de estos felicitadores contemporáneos, alabarderos oficiosos, que sin pudor, dejaron de ser ciudadanos para volverse vasallos.
No obstante este obsceno vasallaje, mucho más grave resulta el carácter socialista que se le pretende atribuir a la ley. Denominar a la ley del trabajo como “Ley Socialista del Trabajo” constituye una flagrante violación a las leyes de la República y, de acuerdo al sentido protagónico que la misma Constitución le atribuye al pueblo, a la voluntad por éste expresada el 2 de diciembre de 2007. No hay cabida en la actual legislación – y voluntad popular – para epítetos como ése, mucho menos para endilgarle a la ley un sentido teleológico expresamente prohibido, no sólo por el reconocimiento explícito que estableciera el constituyente de 1999 a las instituciones demócrata-liberales, sino porque además, el soberano se expresó y dijo claramente que no a la propuesta socialista.
Sigue la propuesta legislativa gubernamental con la intención de socializar las mejoras e invenciones surgidas en el “proceso social de trabajo” y declararlas como “propiedad social y de interés nacional y al servicio del bienestar de la población”. Además de denominarlo de un modo muy cursi, constituye sin lugar a dudas una confiscación de la propiedad intelectual y, por ello, de la propiedad privada (que comprende por igual la de bienes tangibles como intangibles, que sean susceptibles de apropiación particular), que bien se sabe, está protegida constitucionalmente. Y por esta misma razón está prohibida la pretendida participación del trabajador en las regalías por esas mejoras e invenciones, decididas unilateralmente por parte del Estado, dado que, siendo aquéllas objeto del derecho privado, mal puede el Estado establecer parámetros sobre una co-creación en la que no ha tenido participación. Tal decisión estaría sujeta en todo caso a la relación contractual (de derecho privado) entre el trabajador y su patrono, en la cual el Estado es totalmente ajeno y, aunque sea ésa la verdadera voluntad de este gobierno, el Estado no puede arrogarse la figura de “padrecito”.
Por último, de acuerdo a la noticia de ND, el proyecto establece que los trabajadores ejercerán una gestión directa y democrática en procesos que definen la administración de un negocio (definición, formulación y ejecución del plan y el presupuesto, así como el control y evaluación de sus resultados), con lo cual estaría violentándose, de nuevo, la propiedad privada. Se le confiere a los trabajadores con esta norma  uno de los atributos fundamentales de la propiedad como lo es el derecho de disponer del bien propio como mejor se le antoje (la disposición es, de hecho, el atributo más importante del derecho de propiedad), cuando su contraprestación ya está remunerada a través del salario y su relación subordinada a las decisiones de la patronal. Un comité de trabajadores no tiene el derecho a inmiscuirse en la administración y gestión de un negocio para el cual sólo presta un servicio regido por una contratación de estricto carácter laboral y en caso alguno societario (como lo sería de tener derecho a participar en la toma de decisiones de una empresa de la cual no son propietarios). Así mismo, la legislación vigente ya plantea de todas formas esa participación de los trabajadores a través de los sindicatos y de la contratación colectiva (que deja en manos de las partes – patrono y sindicatos – todo lo concerniente a las condiciones particulares de esa contratación). De nuevo, este gobierno desea endilgarle al Estado la odiosa figura del “padrecito”.
Debe acotarse, por último y seguramente mucho más grave, que establecer legalmente como deber de la clase trabajadora en los centros de trabajo, incluir aspectos sobre la seguridad y de la defensa de la nación en caso de agresión extranjera y de la población en caso de desastres naturales, constituye una peligrosa y perniciosa militarización de la población civil. Si bien los ciudadanos estamos obligados a defender al país, lo cual es una verdad de Perogrullo, la función de defensa y seguridad nacional está claramente atribuida al Estado, a través de la única milicia aceptada constitucionalmente y conforme a las más básicas reglas democráticas: la Fuerza Armada Nacional. Hay un claro elemento fascista (aunado al culto a la personalidad del caudillo) en la formación de grupos civiles (sea en los centros laborales u otros) con funciones decididamente castrenses, que, bajo los mismos argumentos que prohíben la institucionalización de un modelo socialista, la creación de estos comités de trabajadores para la seguridad y defensa de la nación estarían al margen de la Constitución vigente y, desde luego, de la vocación democrática venezolana.
Se advierte pues, un claro ánimo de socializar al Estado venezolano, cosa que, según la Constitución vigente y a la voluntad popular libremente expresada en las urnas el 2 de diciembre de 2007, este gobierno no puede hacer. No puede transformar la economía y las instituciones demócrata-liberales en unas socialistas, como lo dijo recientemente la ministra Marian Hanson. Por eso, repito la pregunta que titula este artículo; ¿Qué parte del NO no entendieron?

Caracas, 26 de marzo de 2012 

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