Leo, ciertamente preocupado, parte de la
propuesta gubernamental para la nueva ley del trabajo (http://www.noticierodigital.com/2012/03/notitarde-ley-del-proceso-social-del-trabajo-aumentara-dias-feriados/),
a la cual pretenden darle el correspondiente ejecútese, a como dé lugar, el próximo
1° de mayo, Día del Trabajador. Y mi preocupación no se debe tan sólo por la
creación de “días de interés especial para la clase trabajadora”, que incluyen
el 23 de enero, así como el 4 de febrero, e 18 de marzo, el 27 y 28 de febrero
y el 13 de abril. Salvo el 23 de enero (día del golpe contra la dictadura
militar de Marcos Pérez Jiménez) y el 18 de marzo (día de la toma del poder por la clase obrera
e instalación de la Comuna de París), todas las fechas previstas están
vinculadas al comandante. De hecho, el día 13 de abril se le califica como “día de la Dignidad Popular,
insurrección popular contra la dictadura pro-imperialista de Pedro Carmona
Estanga, la libertad del Comandante Hugo Chávez Frías y la retoma del poder por
el pueblo”.
Ya es bastante grotesca esta apología
de fechas en las cuales nada hay qué celebrar, aún desde un punto de vista
histórico. Fechas como el 4, 27 y 28 de febrero son desde luego trágicas, por
las muertes ocurridas, pero también una chambonada en el caso del golpe de
Estado del 4 de febrero de 1992 y una revuelta anárquica para el lamentable caso
del Caracazo de 1989. Mucho menos declarar
fecha de interés especial para los trabajadores el 13 de abril. Semejante ridiculez tan sólo es una
demostración más de esa adulación obscena de estos felicitadores contemporáneos, alabarderos oficiosos, que sin pudor,
dejaron de ser ciudadanos para volverse vasallos.
No obstante este obsceno vasallaje,
mucho más grave resulta el carácter socialista que se le pretende atribuir a la
ley. Denominar a la ley del trabajo como “Ley Socialista del Trabajo” constituye
una flagrante violación a las leyes de la República y, de acuerdo al sentido
protagónico que la misma Constitución le atribuye al pueblo, a la voluntad por
éste expresada el 2 de diciembre de 2007. No hay cabida en la actual
legislación – y voluntad popular – para epítetos como ése, mucho menos para
endilgarle a la ley un sentido teleológico expresamente prohibido, no sólo por
el reconocimiento explícito que estableciera el constituyente de 1999 a las
instituciones demócrata-liberales, sino porque además, el soberano se expresó y
dijo claramente que no a la propuesta socialista.
Sigue la propuesta legislativa
gubernamental con la intención de socializar las mejoras e invenciones surgidas
en el “proceso social de trabajo” y declararlas como “propiedad social y de
interés nacional y al servicio del bienestar de la población”. Además de
denominarlo de un modo muy cursi, constituye sin lugar a dudas una confiscación
de la propiedad intelectual y, por ello, de la propiedad privada (que comprende
por igual la de bienes tangibles como intangibles, que sean susceptibles de
apropiación particular), que bien se sabe, está protegida constitucionalmente. Y
por esta misma razón está prohibida la pretendida participación del trabajador
en las regalías por esas mejoras e invenciones, decididas unilateralmente por
parte del Estado, dado que, siendo aquéllas objeto del derecho privado, mal
puede el Estado establecer parámetros sobre una co-creación en la que no ha
tenido participación. Tal decisión estaría sujeta en todo caso a la relación
contractual (de derecho privado) entre el trabajador y su patrono, en la cual
el Estado es totalmente ajeno y, aunque sea ésa la verdadera voluntad de este
gobierno, el Estado no puede arrogarse la figura de “padrecito”.
Por último, de acuerdo a la
noticia de ND, el proyecto establece que los trabajadores ejercerán una gestión
directa y democrática en procesos que definen la administración de un negocio (definición,
formulación y ejecución del plan y el presupuesto, así como el control y
evaluación de sus resultados), con lo cual estaría violentándose, de nuevo, la
propiedad privada. Se le confiere a los trabajadores con esta norma uno de los atributos fundamentales de la
propiedad como lo es el derecho de disponer del bien propio como mejor se le
antoje (la disposición es, de hecho, el atributo más importante del derecho de
propiedad), cuando su contraprestación ya está remunerada a través del salario
y su relación subordinada a las decisiones de la patronal. Un comité de
trabajadores no tiene el derecho a inmiscuirse en la administración y gestión
de un negocio para el cual sólo presta un servicio regido por una contratación
de estricto carácter laboral y en caso alguno societario (como lo sería de
tener derecho a participar en la toma de decisiones de una empresa de la cual
no son propietarios). Así mismo, la legislación vigente ya plantea de todas
formas esa participación de los trabajadores a través de los sindicatos y de la
contratación colectiva (que deja en manos de las partes – patrono y sindicatos
– todo lo concerniente a las condiciones particulares de esa contratación). De
nuevo, este gobierno desea endilgarle al Estado la odiosa figura del
“padrecito”.
Debe acotarse, por último y seguramente
mucho más grave, que establecer legalmente como deber de la clase trabajadora
en los centros de trabajo, incluir aspectos sobre la seguridad y de la defensa
de la nación en caso de agresión extranjera y de la población en caso de
desastres naturales, constituye una peligrosa y perniciosa militarización de la
población civil. Si bien los ciudadanos estamos obligados a defender al país, lo
cual es una verdad de Perogrullo, la función de defensa y seguridad nacional
está claramente atribuida al Estado, a través de la única milicia aceptada constitucionalmente
y conforme a las más básicas reglas democráticas: la Fuerza Armada Nacional. Hay
un claro elemento fascista (aunado al culto a la personalidad del caudillo) en
la formación de grupos civiles (sea en los centros laborales u otros) con funciones
decididamente castrenses, que, bajo los mismos argumentos que prohíben la
institucionalización de un modelo socialista, la creación de estos comités de
trabajadores para la seguridad y defensa de la nación estarían al margen de la
Constitución vigente y, desde luego, de la vocación democrática venezolana.
Se advierte pues, un claro ánimo
de socializar al Estado venezolano, cosa que, según la Constitución vigente y a
la voluntad popular libremente expresada en las urnas el 2 de diciembre de
2007, este gobierno no puede hacer. No puede transformar la economía y las
instituciones demócrata-liberales en unas socialistas, como lo dijo
recientemente la ministra Marian Hanson. Por eso, repito la pregunta que titula
este artículo; ¿Qué parte del NO no entendieron?
Caracas, 26 de marzo de 2012